Derecho Civil

Guía completa sobre herencias en Santander: todo lo que necesitas saber

Guía completa sobre herencias: tipos, reparto, testamento, impuestos y qué hacer en Santander. Resuelve tus dudas con BBM Abogados, expertos desde 1990.

Por BBM Abogados · · 9 min de lectura

Lo esencial

  • Perder a un ser querido es, de por sí, un momento difícil.
  • Una herencia es la transmisión del patrimonio de una persona fallecida —sus bienes, derechos y también sus deudas— a sus herederos.
  • No todas las herencias funcionan igual. En función de cómo se transmiten los bienes y del papel que juega la voluntad del fallecido, podemos distinguir tres grandes tipos.
  • Cuando no hay testamento —o cuando este no cubre todos los bienes— entra en juego el orden legal de sucesión.

Este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento legal. Cada situación requiere un análisis individualizado: para valorar tu caso concreto, consúltanos sin compromiso.

Perder a un ser querido es, de por sí, un momento difícil. Tener que gestionar su herencia al mismo tiempo puede convertirse en una carga adicional que, sin la orientación adecuada, genera confusión, conflictos familiares y errores costosos.

En algunos casos, los herederos pueden plantearse repudiar la herencia si las deudas superan el activo heredado.

Sin embargo, conocer cómo funciona el proceso hereditario en España —quién hereda, qué plazos hay, qué impuestos se pagan y qué documentos se necesitan— marca una diferencia enorme. Una gestión ordenada protege el patrimonio y evita problemas que pueden durar años.

En este artículo te explicamos todo lo esencial sobre las herencias de forma clara y práctica. Si al terminar de leerlo tienes dudas sobre tu caso concreto, en BBM Abogados llevamos más de 30 años ayudando a familias de Santander y Cantabria a resolver este tipo de situaciones.

Qué es una herencia y cómo funciona el proceso en España

Una herencia es la transmisión del patrimonio de una persona fallecida —sus bienes, derechos y también sus deudas— a sus herederos. En España, este proceso está regulado por el Código Civil y, en algunas comunidades autónomas, por el derecho foral propio.

Cuando alguien fallece, se abre lo que se denomina la sucesión, y a partir de ese momento los herederos deben seguir una serie de pasos para recibir y formalizar los bienes.

Pasos básicos para tramitar una herencia

1. Obtener el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades, que indica si la persona dejó testamento.

2. Localizar el testamento (si existe) en la notaría donde se otorgó.

3. Hacer el inventario de bienes y deudas del fallecido.

4. Firmar la escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante notario.

5. Liquidar los impuestos correspondientes, principalmente el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

6. Inscribir los bienes en los registros correspondientes (Registro de la Propiedad, tráfico, bancos, etc.).

El plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 meses bajo solicitud. No respetar este plazo conlleva recargos e intereses.

Los 3 tipos de herencias que debes conocer

No todas las herencias funcionan igual. En función de cómo se transmiten los bienes y del papel que juega la voluntad del fallecido, podemos distinguir tres grandes tipos.

1. Herencia testada

Es aquella en la que el fallecido dejó testamento válido. En el testamento, la persona expresa su voluntad sobre cómo repartir sus bienes, aunque siempre dentro de los límites que marca la ley (respetando la legítima de los herederos forzosos).

Contar con testamento simplifica enormemente la gestión y reduce los conflictos entre herederos.

2. Herencia intestada o ab intestato

Se produce cuando el fallecido no dejó testamento, cuando el testamento es declarado nulo o cuando los herederos nombrados no pueden o no quieren aceptar la herencia.

En este caso, es la ley quien determina el orden de los herederos, siguiendo el sistema de llamamiento legal que establece el Código Civil.

3. Herencia en vida o donación

Aunque técnicamente no es una herencia, muchas familias optan por transmitir bienes en vida mediante donaciones. Esta fórmula tiene implicaciones fiscales distintas y puede ser una estrategia de planificación patrimonial interesante, aunque requiere asesoramiento especializado para evitar sorpresas.

Quién hereda y en qué orden: la línea sucesoria

Cuando no hay testamento —o cuando este no cubre todos los bienes— entra en juego el orden legal de sucesión. Entenderlo es fundamental para saber quién tiene derecho a qué.

El orden de los herederos según el Código Civil

El Código Civil establece el siguiente orden de preferencia:

  • Los descendientes: hijos y, en su defecto, nietos. Son los herederos prioritarios.
  • Los ascendientes: padres y, en su defecto, abuelos.
  • El cónyuge viudo: no ocupa el primer lugar, pero tiene derecho al usufructo de la legítima cuando concurre con hijos.
  • Los colaterales: hermanos, sobrinos y otros parientes hasta el cuarto grado.
  • El Estado: si no hay ningún heredero legal ni testamentario, los bienes pasan al Estado.

La legítima: lo que la ley reserva siempre

Incluso con testamento, hay una parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a los herederos forzosos (hijos, padres y cónyuge). Esta parte se llama legítima y el testador no puede ignorarla.

En España, los hijos tienen derecho a los dos tercios de la herencia como legítima (aunque uno de esos tercios puede distribuirse libremente entre ellos). El tercio restante, llamado de libre disposición, puede dejarse a quien el testador quiera.

Impuestos en las herencias: cuánto se paga y cómo reducirlo

Uno de los aspectos que más preocupa a los herederos es la carga fiscal. En España, recibir una herencia puede implicar el pago de varios impuestos.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Es el principal tributo. Su gestión corresponde a las comunidades autónomas, por lo que la cantidad a pagar varía considerablemente según dónde residía el fallecido.

En Cantabria, los herederos del Grupo I y II (descendientes, ascendientes y cónyuge) se benefician de reducciones y bonificaciones importantes que pueden reducir significativamente la factura fiscal. Es esencial conocer las deducciones aplicables en cada caso.

Plusvalía municipal (IIVTNU)

Si entre los bienes heredados hay un inmueble urbano, el heredero que lo recibe debe liquidar la plusvalía municipal en el ayuntamiento donde esté ubicado el bien, en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento.

IRPF del fallecido

Los herederos también deben presentar la declaración de la renta del año del fallecimiento del causante, por el período transcurrido hasta su muerte.

Consejo clave: una buena planificación previa —mediante testamento, seguros de vida, donaciones estratégicas o capitulaciones— puede reducir considerablemente la carga fiscal de la herencia. Un abogado especializado puede orientarte sobre las opciones más adecuadas para tu situación.

Cómo se reparte una herencia que incluye una vivienda

El inmueble suele ser el bien más valioso —y el que más conflictos genera— dentro de una herencia. Saber cómo se gestiona es esencial.

Cuando varios herederos reciben una casa en herencia, esta pasa a estar en proindiviso, es decir, en copropiedad. Cada heredero tiene una cuota proporcional del inmueble, pero ninguno es propietario exclusivo de ninguna parte concreta.

Opciones para resolver el proindiviso

Vender la vivienda y repartir el dinero según las cuotas de cada heredero. Es la opción más sencilla cuando hay acuerdo.

Adjudicar el inmueble a uno de los herederos, quien compensa económicamente al resto por el valor de sus partes.

Uso compartido o rotativo, aunque en la práctica esta solución suele generar tensiones con el tiempo.

Acción de división de la cosa común, que es la vía judicial cuando no hay acuerdo entre copropietarios.

Si los herederos no se ponen de acuerdo, cualquiera de ellos puede solicitar judicialmente la división y la venta forzosa del bien. Lo ideal es siempre alcanzar un acuerdo extrajudicial, más rápido y menos costoso.

Herencias en Santander: gestión local con respaldo experto

Si estás en Santander o en cualquier municipio de Cantabria y tienes que gestionar una herencia, es importante contar con profesionales que conozcan tanto la normativa autonómica como la realidad local.

En Cantabria se aplica la normativa común del Código Civil, sin derecho foral propio, pero la regulación autonómica del Impuesto de Sucesiones sí ofrece particularidades relevantes que pueden influir notablemente en lo que cada heredero acaba pagando.

En BBM Abogados, con despacho en Santander y más de 30 años de experiencia, ayudamos a nuestros clientes a:

– Tramitar la herencia de principio a fin, con todos sus documentos y gestiones.

– Optimizar la carga fiscal aplicando todas las reducciones y bonificaciones disponibles en Cantabria.

– Mediar y resolver conflictos entre coherederos antes de que escalen a un proceso judicial.

– Planificar la transmisión del patrimonio en vida para evitar problemas futuros a la familia.

Nos adaptamos a cada situación, tanto si se trata de una herencia sencilla como de un patrimonio complejo con inmuebles, empresas o cuentas en el extranjero.

Preguntas frecuentes sobre herencias

¿Cómo se reparte una herencia de una casa?

Cuando una casa forma parte de una herencia y hay varios herederos, el inmueble pasa a ser una copropiedad (proindiviso). Las opciones más habituales son: vender la vivienda y repartir el dinero, que uno de los herederos se quede con el bien compensando económicamente al resto, o mantener la copropiedad. Si no hay acuerdo, cualquier copropietario puede acudir al juez para solicitar la división de la cosa común y la venta forzosa del inmueble.

¿Cuáles son los 3 tipos de herencias?

En España podemos distinguir tres tipos principales: la herencia testada (existe testamento válido del fallecido), la herencia intestada o ab intestato (no hay testamento o es declarado nulo, y es la ley quien determina quién hereda) y la donación o herencia en vida (transmisión de bienes antes del fallecimiento, con sus propias implicaciones fiscales y legales).

¿Quién hereda primero, el cónyuge o los hijos?

Según el Código Civil español, los hijos heredan antes que el cónyuge en cuanto a la propiedad de los bienes. Sin embargo, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo del tercio de mejora cuando concurre con hijos, lo que le garantiza el uso y disfrute de una parte significativa de la herencia durante su vida. Si no hay descendientes, el cónyuge hereda antes que los colaterales (hermanos, sobrinos, etc.).

¿Quién hereda si no hay testamento?

Cuando no existe testamento, se aplica la sucesión intestada. El orden es el siguiente: primero los hijos (y en su defecto, los nietos); si no hay descendientes, los padres y ascendientes; a continuación, el cónyuge viudo; después los hermanos y sobrinos; y finalmente otros parientes colaterales hasta el cuarto grado. Si no hay ningún heredero legal, los bienes pasan al Estado. Para tramitar una herencia sin testamento es necesario obtener previamente una declaración de herederos ab intestato ante notario.

Conclusión: no dejes tu herencia en manos del azar

Gestionar una herencia implica plazos, documentos, impuestos y, en muchos casos, decisiones difíciles en un momento emocionalmente complicado. Hacerlo bien protege el patrimonio familiar y evita conflictos que pueden durar años.

Tanto si necesitas tramitar una herencia reciente como si quieres planificar la tuya con tiempo, **BBM Abogados está a tu lado**. Llevamos más de 30 años acompañando a familias en Santander y Cantabria con profesionalidad, cercanía y eficacia.

¿Tienes dudas sobre una herencia? Contacta con nosotros hoy mismo y te ofrecemos una primera consulta para analizar tu situación sin compromiso. Porque gestionar bien una herencia empieza por tener la información y el apoyo adecuados.

BBM
“En materia de herencias, la diferencia entre un proceso tranquilo y uno conflictivo está casi siempre en la información y el orden. De eso nos ocupamos nosotros.”
BBM Abogados , abogados en Santander desde 1990

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